Ya están listas las nuevas categorías en el RUCA para intentar facilitarle la vida a los productores agrícolas

Contemplan situaciones que el anterior esquema burocrático no registraba.

 


Ya están operativas las nuevas categorías del Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) diseñadas con el propósito de facilitar determinadas operaciones realizadas por empresarios agropecuarios.

Las mismas, si bien habían sido creadas a fines de febrero pasado por medio de la resolución 21-E/17, requirieron bastantes ajustes informáticos hasta lograr implementarlas en la plataforma en línea del RUCA.

Entre las nuevas categorías incluidas en el RUCA se encuentra la de “comerciante de granos sin planta de acopio”, la cual se aplica en los casos en los cuales un productor que perdió la cosecha deba comprar grano para poder cumplir con un forward (el usuario de esa categoría no tendrá acceso para comprar cartas de porte para evitar así el ingreso de operadores truchos).

Otra categoría nueva es la de “comprador de grano para consumo propio”, la cual no estará arancelada para promover el blanqueamiento de buena parte de las operaciones entre vecinos que suelen hacerse de manera informal ante la enorme carga burocrática que requería esa transacción. También permitirá mejorar la estadísticas públicas en lo que respecta al flujo comercial intra regional de maíz.

También se incorporó la categoría “procesador de granos”, la cual podrá ser empleada por empresas que se dedican a procesar granos sin tener acopio del mismo, como, por ejemplo, pueden ser firmas dedicadas a procesar maíz pisingallo, girasol confitero o bien que tengan una máquina colorimétrica para descartar granos manchados (antes estas actividades no estaban habilitadas para recibir cartas de porte si no contaban con una planta de acopio propia).

La categoría “usuario de industria” fue creada para contemplar operaciones de canje de grano por subproductos. Por ejemplo: un productor entrega soja a una fábrica elaboradora de biodiesel para recibir a cambio ese biocombustible con destino a la maquinaria agrícola propia (con motores, por supuesto, habilitados para funcionar con un 100% de biodiesel).

La categoría “planta de acopio de productor” se creó para aquellos casos de productores que tienen plantas de acopio de granos de propia producción con acceso a carga ferroviaria. Esto porque se registran algunos casos de productores que no podían cargar porque la nueva carta de porte ferroviaria digital no prevé la carga de granos en el campo y ahora, con esta categoría, van a poder tener acceso a esa carta de porte.

También se creó la categoría “entidades de bien público” para que, en caso de que alguna empresa agrícola opte por donar mercadería a una ONG, ésta pueda emitir documentación que respalde la operación.

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